Condiciones generales
Tabla de contenidos:
Artículo 2 – La identidad del empresario
Artículo 3 – Aplicabilidad
Artículo 4 – La oferta
Artículo 5 – El acuerdo
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión
Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por el consumidor y costes del mismo
Artículo 9 – Obligaciones del comerciante en caso de desistimiento
Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 – El precio
Artículo 12 – Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 – Entrega y cumplimiento
Artículo 14 – Duración transacciones: duración, rescisión y prórroga
Artículo 15 – Pago
Artículo 16 – Procedimiento de reclamación
Artículo 17 – Litigios
Artículo 18 – Garantía de la sucursal
Artículo 19 – Disposiciones adicionales o diferentes
Artículo 20 – Modificaciones de las Condiciones Generales Stichting Webshop Keurmerk
Contrato accesorio: contrato por el que el consumidor adquiere productos, contenidos digitales y/o servicios relacionados con un contrato a distancia y dichos productos, contenidos digitales y/o servicios son suministrados por el comerciante o por un tercero en virtud de un acuerdo entre dicho tercero y el comerciante;
Plazo de desistimiento: plazo en el que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su comercio, negocio, oficio o profesión;
Día: día natural;
Contenido digital: datos transmitidos en forma digital producidos y entregados;
Contrato de ejecución continua: contrato para el suministro regular de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un período determinado;
Soporte duradero: cualquier dispositivo -incluido el correo electrónico- que permita al consumidor o comerciante almacenar información dirigida personalmente a él de forma que pueda consultarla o utilizarla en el futuro durante un periodo de tiempo adecuado a la finalidad a la que se destina la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada;
Derecho de desistimiento: posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
Empresario: la persona física o jurídica que es miembro de Stichting Webshop Keurmerk y ofrece productos, (acceso a) contenidos digitales y/o servicios a consumidores a distancia;
Contrato a distancia: contrato celebrado entre el comerciante y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenidos digitales y/o servicios, que, hasta la celebración del contrato, haga uso exclusivo o conjunto de uno o varios medios de comunicación a distancia;
Modelo de formulario de desistimiento: el modelo europeo de formulario de desistimiento que figura en el Anexo I de estas condiciones;
Tecnología para la comunicación a distancia: medios que pueden utilizarse para concluir un acuerdo, sin que el consumidor y el empresario tengan que estar juntos en la misma habitación al mismo tiempo;
Nombre del empresario: Glaswebwinkel BV, que opera bajo el nombre Elegamira.de
Dirección comercial: Aruba 13, 7332 BJ APELDOORN
Número de teléfono: 055 – 843 16 27 (disponible entre las 09.00 y las 17.00 horas)
Dirección de correo electrónico: info@elegamira.de
Número de la Cámara de Comercio:80736548
Número de identificación a efectos del IVA; NL0861779988B01
Estas condiciones generales se aplican a toda oferta realizada por el empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
Antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, el empresario, antes de que se celebre el contrato a distancia, indicará de qué manera se pueden consultar las condiciones generales en los locales del empresario y que se enviarán gratuitamente al consumidor lo antes posible si éste lo solicita.
Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica, de forma que éste pueda almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si esto no es razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia, se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que, a petición del consumidor, se enviarán electrónicamente o de otra forma gratuita.
En caso de que se apliquen condiciones específicas del producto o servicio además de estas condiciones generales, se aplicarán en consecuencia los párrafos segundo y tercero, y el consumidor siempre podrá basarse en la disposición aplicable que le sea más favorable en caso de condiciones contradictorias.
Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará explícitamente en la oferta.
La oferta contiene una descripción completa y exacta de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir una evaluación adecuada de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, éstas son una representación veraz de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores obvios o evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
Cada oferta contiene tal información que queda claro para el consumidor cuáles son los derechos y obligaciones que conlleva la aceptación de la oferta.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el acuerdo se celebra en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones estipuladas.
Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará inmediatamente la recepción de la aceptación de la oferta por vía electrónica. Mientras la recepción de esta aceptación no haya sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá disolver el acuerdo.
Si el acuerdo se celebra electrónicamente, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transferencia electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas.
El empresario puede, dentro de los marcos legales, informarse de si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean importantes para una conclusión responsable del acuerdo a distancia. Si, basándose en esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el acuerdo, tiene derecho a rechazar un pedido o solicitud o a adjuntar condiciones especiales a la ejecución, indicando los motivos.
A más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, el empresario enviará al consumidor la siguiente información, por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte de datos duradero: a. la dirección de visita de la oficina del empresario a la que el consumidor puede dirigirse con reclamaciones;
b. las condiciones y la forma en que el consumidor puede hacer uso del derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
c. la información sobre las garantías y los servicios posventa existentes;
d. el precio, incluidos todos los impuestos, del producto, servicio o contenido digital; en su caso, el coste de la entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
e. los requisitos para rescindir el acuerdo si éste tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
f. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario de desistimiento.
En el caso de una operación de duración, la disposición del párrafo anterior sólo se aplica a la primera entrega.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Para productos:
El consumidor puede disolver un acuerdo relativo a la compra de un producto durante un periodo de reflexión de al menos 14 días sin indicar los motivos. El comerciante podrá preguntar al consumidor sobre el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a exponer su(s) motivo(s).
El periodo de reflexión mencionado en el apartado 1 comienza el día después de que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor, que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero indicado por él, haya recibido el último producto. El comerciante podrá, siempre que haya informado claramente de ello al consumidor antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de varios productos con plazos de entrega diferentes.
si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o parte;
en el caso de contratos de entrega periódica de productos durante un periodo determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el primer producto.
Para servicios y contenidos digitales no suministrados en un soporte tangible:
El consumidor puede desistir de un contrato de servicios y de un contrato de suministro de contenidos digitales no suministrados en un soporte tangible durante al menos 14 días sin dar ninguna razón. El comerciante puede preguntar al consumidor sobre el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a dar su(s) motivo(s).
El periodo de reflexión mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente a la celebración del acuerdo.
Ampliación del periodo de reflexión para productos, servicios y contenidos digitales no suministrados en un soporte material en caso de falta de información sobre el derecho de desistimiento:
Si el comerciante no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el periodo de reflexión expirará 12 meses después de que finalice el periodo de reflexión original determinado de conformidad con los apartados anteriores de este artículo.
Si el comerciante ha facilitado al consumidor la información mencionada en el párrafo anterior en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de entrada en vigor del periodo de reflexión inicial, el periodo de reflexión expirará 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.
Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión
Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y su embalaje con cuidado. Sólo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto. El punto de partida aquí es que el consumidor sólo puede manipular e inspeccionar el producto como se le permitiría hacerlo en una tienda.
El consumidor sólo es responsable de la depreciación del producto que sea resultado de una forma de manipular el producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
El consumidor no es responsable de la depreciación del producto si el comerciante no le proporcionó toda la información legalmente requerida sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de la celebración del contrato.
Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo
Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, deberá notificarlo al empresario dentro del plazo de desistimiento mediante el modelo de formulario de desistimiento o de otra forma inequívoca.
Tan pronto como sea posible, pero en un plazo de 14 días a partir del día siguiente a la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor deberá devolver el producto o entregarlo a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no es necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto él mismo. El consumidor habrá cumplido el plazo de devolución en cualquier caso si devuelve el producto antes de que haya expirado el periodo de reflexión.
El consumidor devuelve el producto con todos los accesorios entregados, si es razonablemente posible en el estado y embalaje originales, y de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento recaen en el consumidor.
El consumidor corre con los costes directos de la devolución del producto. Si el comerciante no ha notificado al consumidor que éste tiene que correr con dichos costes o si el comerciante indica que correrá con los costes él mismo, el consumidor no tiene que correr con los costes de devolución del producto.
Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad no preparado para la venta en un volumen limitado o en una cantidad determinada comience durante el periodo de desistimiento, el consumidor adeudará al comerciante un importe proporcional a la parte del compromiso cumplido por el comerciante en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento íntegro del compromiso.
El consumidor no soporta ningún coste por la prestación de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad, que no estén preparados para la venta en un volumen o cantidad limitados, o para suministrar calefacción urbana, si:
el comerciante no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, el reembolso de los gastos en caso de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, o;
el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la ejecución del servicio o suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el periodo de desistimiento.
El consumidor no soporta ningún coste por la entrega total o parcial de contenidos digitales no entregados en un soporte tangible si
no ha consentido expresamente el inicio de la ejecución del contrato antes de que finalice el periodo de reflexión previo a su entrega;
no ha reconocido haber perdido su derecho de desistimiento al dar su consentimiento; o
el comerciante no ha confirmado esta declaración del consumidor.
Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos adicionales quedarán resueltos de pleno derecho.
Artículo 9 – Obligaciones del comerciante en caso de desistimiento
Si el comerciante permite al consumidor notificar su desistimiento por vía electrónica, enviará sin demora un acuse de recibo de dicha notificación.
El comerciante reembolsará todos los pagos efectuados por el consumidor, incluidos los gastos de entrega que el comerciante haya cobrado por el producto devuelto, sin demora pero en un plazo de 14 días a partir del día en que el consumidor le notifique el desistimiento. A menos que el empresario se ofrezca a recoger él mismo el producto, podrá esperar con el reembolso hasta que haya recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, lo que ocurra antes.
Para el reembolso, el empresario utilizará el mismo medio de pago que haya utilizado el consumidor, a menos que éste acepte otro método. El reembolso es gratuito para el consumidor.
Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más barata, el empresario no tiene que reembolsar los costes adicionales del método más caro.
Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento
El comerciante puede excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero sólo si el comerciante lo ha indicado claramente al hacer la oferta, o al menos con tiempo suficiente antes de celebrar el contrato:
Productos o servicios cuyo precio está sujeto a fluctuaciones del mercado financiero que escapan al control del comerciante y que pueden producirse dentro del plazo de desistimiento
Contratos que se celebran durante una subasta pública. Por subasta pública se entiende un método de venta en el que los productos, contenidos digitales y/o servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor que está personalmente presente o tiene la oportunidad de estar personalmente presente en la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el adjudicatario está obligado a comprar los productos, contenidos digitales y/o servicios;
Contratos de servicios, tras la plena ejecución del servicio, pero sólo si:
la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el comerciante haya ejecutado totalmente el contrato;
Contratos de servicios para el suministro de alojamiento, si el contrato prevé una fecha o un período de ejecución específicos y distintos de los de vivienda, transporte de mercancías, servicios de alquiler de vehículos y restauración;
Los contratos relativos a actividades de ocio, si el contrato prevé una fecha o un periodo de ejecución determinados;
Productos fabricados según las especificaciones de los consumidores, que no son prefabricados y se fabrican sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o están claramente destinados a una persona concreta;
Productos que se estropean rápidamente o tienen una vida útil limitada;
Productos precintados que no son aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto se ha roto después de la entrega;
Productos que, después de la entrega, están por su naturaleza irrevocablemente mezclados con otros productos;
Bebidas alcohólicas cuyo precio se acordó en el momento de celebrar el contrato, pero cuya entrega sólo puede tener lugar transcurridos 30 días, y cuyo valor real depende de las fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tiene influencia;
Grabaciones de audio, vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
Periódicos, revistas o diarios, excluidas las suscripciones a los mismos;
El suministro de contenidos digitales que no estén en un soporte tangible, pero sólo si
la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
el consumidor ha declarado que pierde así su derecho de desistimiento.
Artículo 11 – El precio
Durante el periodo de validez mencionado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofertados no se incrementarán, excepto en el caso de cambios de precios debidos a cambios en los tipos del IVA.
Contrariamente al párrafo anterior, el Empresario puede ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero que estén fuera del control del Empresario, a precios variables. Este vínculo con las fluctuaciones y el hecho de que los precios mencionados son precios objetivo se mencionarán en la oferta.
Los aumentos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la conclusión del acuerdo sólo están permitidos si son el resultado de regulaciones o disposiciones legales.
Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato sólo están permitidos si el empresario lo ha estipulado y:a. son el resultado de normativas o disposiciones legales; o
b. el consumidor está autorizado a rescindir el contrato a partir del día en que el aumento de precio surta efecto.
Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
Artículo 12 – Cumplimiento del acuerdo y garantía adicional
El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el acuerdo, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de solidez y/o utilidad y las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del acuerdo. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es adecuado para un uso distinto del normal.
Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede hacer valer contra el empresario sobre la base del acuerdo si el empresario ha incumplido su parte del acuerdo.
Se entiende por garantía adicional cualquier compromiso del comerciante, su proveedor, importador o productor por el que concede al consumidor determinados derechos o reclamaciones que van más allá de lo que el consumidor está legalmente obligado a hacer en caso de que haya incumplido su parte del acuerdo.
Artículo 13 – Entrega y ejecución
El operador pondrá el mayor cuidado posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
El lugar de entrega es la dirección que el consumidor haya comunicado al operador.
Respetando lo estipulado en el artículo 4 de estas condiciones generales, el operador ejecutará los pedidos aceptados con la rapidez conveniente, pero a más tardar en un plazo de 30 días, a menos que se haya acordado un plazo de entrega diferente. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede realizarse o sólo puede realizarse parcialmente, el consumidor será informado de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a disolver el acuerdo sin costes y derecho a posibles daños y perjuicios.
Tras la disolución de acuerdo con el párrafo anterior, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor sin demora.
El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado con antelación y puesto en conocimiento del empresario, a menos que se acuerde explícitamente lo contrario.
Artículo 14 – Transacciones de duración indefinida: duración, rescisión y prórroga
Rescisión:
El consumidor puede rescindir un contrato de duración indefinida, que se extiende a la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, en cualquier momento, con sujeción a las normas de rescisión acordadas y a un plazo de preaviso no superior a un mes.
El consumidor puede rescindir un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios en cualquier momento hacia el final de la duración determinada, con sujeción a las normas de rescisión acordadas y a un plazo de preaviso no superior a un mes.
El consumidor puede modificar los acuerdos mencionados en los párrafos anteriores:
terminan en cualquier momento y no se limitan a la terminación en un momento determinado o en un periodo específico;
terminan al menos de la misma forma en que fueron celebrados por él;
terminan siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.Renovación:
Un contrato celebrado por un periodo de tiempo definido, que se extiende al suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, no puede renovarse tácitamente ni prorrogarse por un periodo de tiempo definido.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, un contrato de duración determinada que se haya celebrado para la entrega periódica de periódicos y revistas diarios o semanales podrá renovarse tácitamente por una duración determinada no superior a tres meses, si el consumidor puede rescindir este contrato renovado hacia el final de la renovación con un plazo de preaviso no superior a un mes.
Un contrato de duración determinada celebrado para la entrega periódica de productos o la prestación de servicios sólo podrá renovarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindir el contrato en cualquier momento con un preaviso que no exceda de un mes. El plazo de preaviso no será superior a tres meses si el contrato tiene por objeto la entrega periódica de periódicos o revistas diarios o semanales, pero menos de una vez al mes.
Un contrato de duración limitada para el suministro regular de periódicos y revistas diarios, informativos y semanales mediante conversaciones introductorias (suscripción de prueba o introductoria) no continúa tácitamente y finaliza automáticamente al término del período de prueba o introductorio.Duración:
Si un contrato tiene una duración superior a un año, transcurrido un año el consumidor podrá rescindir el contrato en cualquier momento con un preaviso no superior a un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes de que finalice la duración acordada.
Artículo 15 – Pago
En la medida en que no se estipule lo contrario en el acuerdo o en las condiciones generales adicionales, los importes adeudados por el consumidor deben abonarse en un plazo de 14 días tras el inicio del periodo de reflexión o, en ausencia de periodo de reflexión, en un plazo de 14 días tras la celebración del acuerdo. En el caso de un acuerdo de prestación de servicios, este plazo comienza el día siguiente a la recepción por el consumidor de la confirmación del acuerdo.
En la venta de productos a consumidores, las condiciones generales nunca pueden obligar al consumidor a realizar un pago por adelantado superior al 50%. Cuando se haya estipulado el pago por adelantado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o servicio(s) en cuestión antes de que se haya efectuado el pago por adelantado estipulado.
El consumidor tiene el deber de informar inmediatamente al empresario de las inexactitudes en los datos de pago facilitados o mencionados.
Si el consumidor no cumple puntualmente su(s) obligación(es) de pago, una vez que el empresario le haya informado de la demora en el pago y éste le haya concedido un plazo de 14 días para seguir cumpliendo con sus obligaciones de pago, tras el impago dentro de este plazo de 14 días, se le adeudarán los intereses legales sobre el importe adeudado y el empresario tendrá derecho a cobrar los costes de cobro extrajudiciales en los que haya incurrido. Estos gastos de cobro ascienden a un máximo de: 15% sobre las cantidades pendientes hasta 2.500 euros; 10% sobre los siguientes 2.500 euros y 5% sobre los siguientes 5.000 euros, con un mínimo de 40 euros. El propietario puede desviarse de los importes y porcentajes mencionados en beneficio del consumidor.
Artículo 16 – Procedimiento de reclamación
El comerciante dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y tramita las reclamaciones de acuerdo con este procedimiento de reclamación.
Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al comerciante descritas de forma completa y clara en un plazo razonable después de que el consumidor haya descubierto los defectos.
Las reclamaciones presentadas al comerciante recibirán respuesta en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
También se puede presentar una queja sobre un producto, un servicio o el servicio del empresario mediante un formulario de queja en la página del consumidor del sitio web de Stichting Webshop Keurmerk (http://keurmerk.info/Home/MisbruikOfKlacht). La queja se envía entonces tanto al empresario en cuestión como a Stichting Webshop Keurmerk.
Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo en un plazo razonable o en un plazo de 3 meses desde la presentación de la reclamación, surge un conflicto susceptible de resolución.
Artículo 17 – Litigios
Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales se rigen exclusivamente por la legislación holandesa.
Las disputas entre el Consumidor y el Empresario sobre la formación o el cumplimiento de contratos relacionados con productos y servicios que deban ser entregados o que hayan sido entregados por este Empresario pueden ser sometidas tanto por el Consumidor como por el Empresario a la Tienda Web Geschillencommissie, Postbus 90600, 2509 LP en La Haya (www.sgc.nl) con la debida observancia de las disposiciones establecidas a continuación.
Una disputa sólo será considerada por el Comité de Disputas si el consumidor ha presentado primero su queja al empresario dentro de un plazo razonable.
A más tardar tres meses después de que haya surgido la disputa, ésta debe presentarse por escrito a la Comisión de Disputas.
Si el consumidor desea someter un litigio a la Comisión de Litigios, el empresario quedará vinculado por esta elección. Cuando el empresario así lo desee, el consumidor deberá manifestar por escrito, en un plazo de cinco semanas a partir de la solicitud por escrito del empresario, si así lo desea o quiere que el litigio sea tratado por el tribunal competente. Si el empresario no escucha la elección del consumidor en el plazo de cinco semanas, el empresario tiene derecho a someter el litigio al tribunal competente.
La Comisión de Disputas decidirá en las condiciones establecidas en el reglamento de la Comisión de Disputas (http://www.degeschillencommissie.nl/over-ons/de-commissies/2701/webshop). Las decisiones de la Comisión de Controversias se adoptan mediante un dictamen vinculante.
El Comité de Disputas no tratará una disputa o interrumpirá sus procedimientos si al empresario se le ha concedido una suspensión de pagos, ha quebrado o ha puesto fin de hecho a sus actividades empresariales, antes de que el comité haya tratado una disputa en la sesión y se haya emitido una resolución final.
Si, además de la Geschillencommissie Webshop, es competente otra comisión de litigios reconocida por la Stichting Geschillencommissies voor Consumentenzaken (SGC) o el Klachteninstituut Financiële Dienstverlening (Kifid), o afiliada a éstos, la Geschillencommissie Stichting Webshop Keurmerk tendrá preferencia sobre la Geschillencommissie Webshop Keurmerk para los litigios relativos principalmente al método de venta a distancia o a la prestación de servicios. Para todos los demás litigios, se recurrirá a otra comisión de litigios reconocida por el SGC o afiliada a Kifid.
Artículo 18 – Garantía de la sucursal
La Stichting Webshop Keurmerk garantiza el cumplimiento del dictamen vinculante de la Comisión de Litigios de la Stichting Webshop Keurmerk por parte de sus miembros, a menos que el miembro decida someter el dictamen vinculante a revisión judicial en el plazo de dos meses desde su envío. Esta garantía se reaviva si el dictamen vinculante es confirmado tras la revisión por el tribunal y la sentencia de la que se desprende ha adquirido firmeza. Hasta un importe de 10.000,- euros por dictamen vinculante, este importe será abonado al consumidor por Webshop Keurmerk. Para importes superiores a 10.000,- euros por dictamen vinculante, se abonarán 10.000,- euros. Para el exceso, Webshop Keurmerk tiene la obligación de hacer todo lo posible para que el socio cumpla el dictamen vinculante.
La aplicación de esta garantía requiere que el consumidor haga un llamamiento por escrito a Webshop Keurmerk y que transfiera su reclamación al empresario a Webshop Keurmerk. Si la reclamación al Empresario supera los 10.000,- €, se ofrecerá al Consumidor transferir su reclamación en la medida en que supere la cantidad de 10.000,- € a Stichting Webshop Keurmerk, quien en su propio nombre y costas reclamará el pago de la misma ante los tribunales para satisfacer al Consumidor.
Artículo 19 – Disposiciones adicionales o divergentes
Las disposiciones adicionales o divergentes de las presentes condiciones generales no podrán ir en detrimento del consumidor y deberán constar por escrito o de forma que puedan ser almacenadas por el consumidor de forma accesible en un soporte de datos duradero.
Artículo 20 – Modificaciones de las Condiciones Generales de la Stichting Webshop Keurmerk
La Stichting Webshop Keurmerk no modificará las presentes Condiciones Generales sin consultar previamente a la Asociación de Consumidores.
Las modificaciones de las presentes Condiciones Generales sólo entrarán en vigor después de haber sido publicadas de forma adecuada, entendiéndose que, en caso de modificaciones aplicables durante la vigencia de una oferta, prevalecerá la disposición más favorable al Consumidor.
Dirección:
Stichting Webshop Keurmerk:
Willemsparkweg 193
1071 HA Amsterdam